POLÍTICA DE VIDEOVIGILANCIA LA COMPETENCIA S.A
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La Competencia S.A., de aquí en adelante “La Competencia” o la “Empresa”, en estricto cumplimiento de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales (en adelante LOPDP) publicada en el Registro Oficial Suplemento No. 459 de 26 de mayo de 2021 y las buenas prácticas en materia de protección de datos personales, pone en conocimiento de todos sus trabajadores, clientes, proveedores y visitantes de las instalaciones de La Competencia S.A., su política de videovigilancia:
PRIMERA. - ALCANCE DE LA POLÍTICA:
La Empresa utiliza un Circuito Cerrado de Televisión (en adelante, CCTV) en sus instalaciones. El objetivo de esta política es establecer trasparentemente la posición de la Empresa en cuanto a la gestión, la operación y el uso del CCTV en sus instalaciones localizadas en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha, en las calles Pasaje N44B E10-26 y Av. 6 de Diciembre, Quito, Ecuador.
Esta política se aplica a todos los trabajadores, clientes, visitantes, proveedores y contratistas de la Empresa, y a todas las demás personas cuyas imágenes puedan ser captadas por el sistema de CCTV.
SEGUNDA. - FINALIDAD DE LAS GRABACIONES EN VIDEO (CCTV):
La Empresa utiliza el sistema de videovigilancia o CCTV para las siguientes finalidades específicas, y legítimas, justificadas en virtud de la Constitución de la República del Ecuador y la LOPDP:
Garantizar la seguridad personal de los titulares y de los bienes de las personas que se encuentren dentro de la Empresa y para la investigación de los incidentes que puedan ocurrir dentro de las instalaciones de la Empresa.
Para ayudar en la prevención e investigación de delitos y colaborar con las fuerzas y cuerpos del orden en la detención de delincuentes en caso de ser requeridos por autoridad competente.
La Empresa no utilizará las grabaciones del CCTV para posteriores tratamientos incompatibles con los fines mencionados.
TERCERA. - COMUNICACIÓN DE GRABACIÓN:
La Empresa informará sobre la videovigilancia mediante carteles visibles y claros que se encontrarán en lugares estratégicos de la Empresa. Dentro de esos carteles se encuentran los fines de la vigilancia mediante cámaras de seguridad, así como el canal de comunicación con el responsable de tratamiento de datos en caso de requerir información o ejercer los derechos garantizados a los titulares de datos personales en la Constitución de la República del Ecuador, LOPDP, y demás normativa vinculante.
CUARTA. - LUGAR DE LAS CÁMARAS:
La vigilancia mediante cámaras de seguridad se limitará solo a áreas públicas de la Empresa, y no se permitirá la grabación de imágenes en lugares privados como baños, vestuarios, áreas de descanso para empleados, u otras de naturaleza privada.
Todas las cámaras de CCTV se ubicarán de tal manera que cumplan las finalidades descritas en el numeral 3 de la presente política y las consideraciones del numeral 5. Las cámaras se ubicarán en lugares en los que estén claramente visibles.
QUINTA. – TIEMPO DE ALMACENAMIENTO DE LAS GRABACIONES:
Los datos obtenidos por las cámaras se almacenarán solo por un período de un mes calendario, y se eliminarán automáticamente a menos que sea necesario mantenerlas para la seguridad de la Empresa o para cualquier investigación en curso. Las imágenes solo se conservarán durante periodos más largos cuando la Empresa haya recibido una disposición de autoridad competente o tenga obligación legal para ello.
SEXTA. - ENCARGADO DEL TRATAMIENTO:
La gestión del CCTV será realizada por el área de técnica de la Empresa en calidad de encargado. La Empresa garantiza que se tomarán las medidas de seguridad adecuadas para proteger las grabaciones contra accesos no autorizados.
SÉPTIMA. - INCIDENTES DE SEGURIDAD:
En caso de que la Empresa verifique que se realizó un uso indebido del sistema de CCTV notificará a las autoridades correspondientes y realizará todas las acciones para minimizar los posibles riesgos de dicho uso indebido, así como las correcciones para prevenir que pueda repetirse y sancionar a los responsables.
OCTAVA. - DERECHO DE PORTABILIDAD:
Para el acceso a las grabaciones por parte de un titular de datos personales que requiera acceder a dicha grabación podrá hacerlo enviando el formulario “Formulario de Solicitud de Derecho a la Portabilidad” al correo responsable_LOPDP@competencia.com.ec, el responsable hará un análisis en caso de que existan imágenes de otras personas en la grabación solicitada para garantizar la protección de datos personales de otros titulares.
NOVENA. - ACTUALIZACIÓN DE LA POLÍTICA:
Esta política se revisará cada dos años y en todo caso, siempre que se produzcan cambios normativos que lo requieran.
Actualizado a: Septiembre del 2023